Superintendencia dispone protección para usuarios financieros ante fallos en sistemas tecnológicos
La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una nueva disposición que busca proteger a los usuarios cuando ocurran fallas de los sistemas informáticos de las entidades de intermediación financiera (EIF) y que resulten en perjuicio de los clientes.
A través de una circular, la SB establece que las entidades no podrán aplicar cargos, comisiones o cobros por mora a los usuarios cuando no demuestren que ofrecieron canales alternativos que funcionaran durante la interrupción.
En esos casos, deberán exonerar al cliente de cualquier costo generado por operaciones no ejecutadas o retrasadas, o bien, realizar los reembolsos de forma automática, sin necesidad de que se lo soliciten.
La circular también aclara que los usuarios tienen que cumplir con las obligaciones de pago contraídas con su entidad financiera, a pesar de que los sistemas se encuentren inhabilitados, siempre que la entidad disponga de canales adicionales que así lo permitan, para lo cual deben mantenerse informados a través de los medios de difusión de su banco.