Ley de Residuos Sólidos pone fecha de caducidad a plásticos no biodegradables de un solo uso
La Ley 98-25 tiene el desafío de erradicar la basura sin degradar la economía
El sector del plástico genera más de 48,000 empleos y aporta más del 1 % del PIB
La República Dominicana está en una encrucijada con la nueva Ley 98-25 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, una normativa que, sin afectar el aparato productivo, debe enfrentar con urgencia el histórico problema de la basura, inmune a las sucesivas administraciones del Estado.
La normativa tenía apenas cinco años de haberse promulgado, pero la magnitud del problema motivó una nueva modificación. No obstante, sectores vinculados temen que algunas de las disposiciones deterioren a la industria del plástico, un sector que solo en 2024 generó más de 48,080 empleos y aportó 20,000 millones de pesos al fisco, según datos oficiales.
El Gobierno se ha trazado metas ambiciosas: reducir en un 87 % los residuos mal gestionados; disminuir los plásticos que llegan a ríos, lagos y océanos de 244,000 toneladas en 2022 a 18,000 en 2040; incrementar el volumen del reciclaje de 23,000 a 136,000 toneladas; y elevar la circularidad del plástico del 6 % en 2022 al 53 % en 2040.
Estas proyecciones provienen de la Plataforma de Acción por los Plásticos de la República Dominicana (NPAP-RD), coordinada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.
Régimen de prohibiciones
La Ley 98-25 prohíbe la importación de sorbetes, tenedores, cuchillos, cucharas, tapas, vasos y cualquier otro producto fabricado en poliestireno (foam) que no tenga certificación de biodegradabilidad.
Y en un plazo de 12 meses, a partir de la entrada en vigor de la norma, quedará prohibida la comercialización de pajillas o sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas fabricados en plásticoque tampoco presenten la certificación de biodegrabilidad, con la exclusión de los envasestérmicos de foam con tapa adherida en forma de bisagra para el consumo de alimentos.
Además, fija en un año el plazo para prohibir a los establecimientos comerciales la entrega gratuita de fundas de un solo uso. Asimismo, se otorga ese mismo plazo a partir de la entrada en vigencia de la ley, a los productores de fundas y botellas plásticas para incorporarse a un programa específico de responsabilidad extendida al productor para recuperar, tratar y disponer de manera segura los residuos generados. En lo que tiene que ver con las alcaldíasy distritos municipales, estos tendrán un nuevo plazo de 36 meses para que promuevan la implementación progresiva de programas de separación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos.
Ante la inexistencia de sustitutos viables en algunos casos, la ley contempla excepciones que permitirán la importación de envases médicos y de laboratorio, así como de plásticos utilizados en obras viales y de construcción.

